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Fernando Casado, abogado de familia, en el despacho de Maracena
Blog · Familia

Custodia compartida: qué mira el juez.

No es un reparto de días al 50%. Los criterios que de verdad pesan en la decisión de un juzgado de familia de Granada, explicados con un caso real.

No es un reparto de días al 50%

Es la confusión más habitual con la que llega la gente a nuestra primera consulta de familia: creer que pedir custodia compartida es, básicamente, pedir la mitad del calendario. No es así. La custodia compartida es un régimen de convivencia que el juez concede o deniega mirando exclusivamente el interés del menor, no el reparto equitativo entre los progenitores. Puede haber custodia compartida con semanas alternas, o con un reparto de 60/40, o incluso con el domicilio del menor fijo y los padres rotando; lo que define el régimen no es la proporción de días, sino que ambos progenitores mantengan una implicación real y estable en el día a día del hijo.

Lo que el juez valora, en la práctica

Ni la ley ni los tribunales trabajan con una lista cerrada, pero en la práctica de los juzgados de familia de Granada estos son los factores que más pesan:

  • Disponibilidad horaria real de cada progenitor, no la que dicen tener: un turno rotativo o un horario incompatible con la rutina escolar del menor pesa mucho más de lo que muchos padres esperan.
  • Proximidad de las viviendas, para no obligar al menor a cambiar de colegio, de amigos o de rutina cada vez que cambia de casa.
  • Capacidad de comunicación entre los progenitores. La custodia compartida exige coordinarse en decisiones cotidianas (médico, colegio, actividades), y un conflicto constante entre las partes puede ser, paradójicamente, motivo para descartarla.
  • Vínculo previo con el menor: quién se ha encargado hasta ahora de llevarlo al colegio, de las citas médicas, de las tareas. No para "premiar" a quien más ha hecho, sino porque cambiar bruscamente esa dinámica puede desestabilizar al niño.
  • La opinión del propio menor, si tiene suficiente juicio (habitualmente a partir de los doce años, aunque puede valorarse antes según su madurez).

El informe psicosocial: la pieza que más pesa

En la mayoría de procedimientos contenciosos de custodia, el juzgado solicita un informe del equipo psicosocial: profesionales que entrevistan a ambos progenitores, visitan los domicilios y, según el caso, hablan con el menor, para valorar qué régimen conviene más a su desarrollo. No es jurídicamente vinculante (el juez puede apartarse de sus conclusiones), pero en la práctica es el documento que más influye en la sentencia. Preparar esa entrevista con seriedad, sin intentar "actuar" para el equipo psicosocial sino mostrando la implicación real en la vida del hijo, es una de las partes del proceso a las que más atención dedicamos.

Un caso real, sin nombres

Hace unos meses llevamos el caso de un padre con turnos rotativos en una empresa de Granada, que pedía custodia compartida al 50%. Su horario, sin embargo, incluía turnos de noche dos semanas al mes, incompatibles con llevar a los niños al colegio o acostarlos. En vez de insistir en un 50/50 que el informe psicosocial habría desaconsejado, planteamos una custodia individual para la madre con un régimen de visitas amplio (fines de semana alternos, una tarde entre semana y la mitad de las vacaciones) que sí se ajustaba a su horario real. El juzgado lo aprobó sin apenas fricción, porque la propuesta ya encajaba con lo que un informe psicosocial habría recomendado de todos modos.

Cuándo el juez descarta directamente la custodia compartida

Hay supuestos en los que la custodia compartida no se concede, con independencia de lo demás:

  • Cuando existe un procedimiento penal en curso, o indicios fundados, de violencia de género o violencia doméstica de un progenitor hacia el otro o hacia los hijos.
  • Cuando la distancia entre domicilios impide mantener sin trastornos la rutina escolar y social del menor.
  • Cuando el nivel de conflicto entre los progenitores es tan alto que la coordinación necesaria para una custodia compartida perjudicaría más al menor que beneficiarle.

En estos casos no tiene sentido plantear la custodia compartida como estrategia de negociación: es mejor construir desde el principio la propuesta que realmente puede prosperar.

"No preparamos el caso para ganar una discusión entre los padres. Lo preparamos para que la propuesta que lleguemos a defender sea, de verdad, la mejor para el niño, porque es la única que un juez va a aceptar." — Fernando Casado, socio

Régimen de visitas: la vida no acaba sin custodia compartida

Cuando no se concede la custodia compartida, el progenitor no custodio no desaparece de la vida del menor: se fija un régimen de visitas, habitualmente fines de semana alternos (a veces ampliados con un puente entre semana), una tarde o pernocta intersemanal, y reparto de vacaciones escolares por mitades. Un régimen bien diseñado, no una plantilla genérica, puede dar, en la práctica, un tiempo de convivencia muy similar al de una custodia compartida formal, sin forzar una coordinación diaria que el caso concreto no puede sostener.

Cómo preparamos un caso de custodia

  1. Revisamos su situación laboral, de vivienda y familiar completa, sin idealizarla.
  2. Le decimos, con honestidad, si su caso tiene recorrido real para la custodia compartida o si conviene plantear otra propuesta.
  3. Preparamos la documentación que acredita su implicación en el día a día del menor.
  4. Le acompañamos en la entrevista del equipo psicosocial, si el procedimiento lo requiere.

Si está valorando cómo plantear la custodia de sus hijos, en nuestra página de derecho de familia explicamos también cómo funciona la modificación de medidas si su situación cambia más adelante.

Preguntas frecuentes

Antes de plantear su caso, esto le interesa.

¿La custodia compartida es ya lo habitual en España?

La tendencia judicial la favorece cuando es viable, pero no se concede automáticamente: el juez sigue valorando caso por caso si responde al interés del menor, no un criterio de igualdad entre progenitores.

¿Puedo pedir custodia compartida si vivo en otra ciudad?

Depende de si la distancia permite mantener la rutina escolar y social del menor sin trastornos. A mayor distancia, más difícil resulta justificar que la custodia compartida no perjudica al niño.

¿Qué hago si mi expareja incumple el régimen de custodia?

Puede solicitar la ejecución de la sentencia o el convenio, y si el incumplimiento es reiterado, plantear una modificación de medidas. Lo explicamos con detalle en nuestra página de familia.

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