Mariano Marín revisando un expediente administrativo
Administrativo · Empresas en Granada

Los plazos administrativos no dan segundas oportunidades.

Si ha recibido una sanción, una denegación de licencia o un requerimiento de la Administración, revise cuanto antes la fecha de notificación. De ella depende el plazo para recurrir.

En pocas palabras

Si ha recibido una sanción, una denegación o un requerimiento de la Administración, el plazo para recurrir cuenta desde la notificación: un mes para el recurso de alzada o de reposición y dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa. Lleva el área Mariano Marín.

En un recurso administrativo, primero miramos la fecha

Cuando alguien nos trae una sanción, una licencia denegada o el inicio de un expediente, empezamos por la notificación. Comprobamos cuándo se recibió, qué recurso cabe y cuánto tiempo queda. En derecho administrativo, dejar pasar el plazo puede cerrar una vía que todavía era defendible.

Los plazos que más se repiten

  • Un mes para el recurso de alzada o de reposición, presentado ante la propia Administración que dictó el acto.
  • Dos meses para el recurso contencioso-administrativo ante los tribunales, una vez agotada la vía administrativa (o directamente, si el acto pone fin a esa vía).

Son plazos de caducidad: pasado ese margen, el acto administrativo se convierte en firme, y ya no importa si la sanción o la denegación era o no correcta. Por eso el primer consejo que damos, casi siempre, es el mismo que en otras áreas: llámenos en cuanto reciba la notificación, no cuando el plazo esté a punto de agotarse.

El silencio administrativo: cuando la Administración no contesta

No es raro que la Administración no responda a una solicitud dentro de plazo. Ahí entra en juego el silencio administrativo, que según el tipo de procedimiento se entiende positivo o negativo. En la mayoría de expedientes sancionadores y de concesión de licencias, el silencio es negativo: en la práctica, le permite recurrir como si le hubieran denegado expresamente, sin tener que seguir esperando una respuesta que quizás no llegue nunca.

Un caso real, sin nombres

Una empresa cliente había solicitado una licencia de actividad y, tras varios meses sin respuesta del Ayuntamiento, asumía que "tenía que seguir esperando". Comprobamos que, por el tipo de procedimiento, el silencio operaba en sentido negativo, lo que le permitía recurrir de inmediato en lugar de seguir esperando una resolución expresa que llevaba meses de retraso. Ese conocimiento del procedimiento (no una gestión extraordinaria) fue lo que desbloqueó su situación.

Sanciones, licencias y expedientes que llevamos

Recurrimos sanciones de tráfico, expedientes urbanísticos, sanciones en materia de consumo o de actividad económica, y denegaciones de licencias municipales. En cada caso, revisamos primero si el procedimiento administrativo se ha tramitado correctamente (notificación, motivación, plazos de instrucción) antes de entrar en el fondo del asunto: muchas sanciones se anulan por defectos de forma antes de discutir si los hechos son ciertos.

El enfoque preventivo: evitar el expediente antes de que se abra

Con las empresas trabajamos también antes de que exista un expediente: revisamos licencias de actividad, autorizaciones sectoriales y obligaciones de cumplimiento. Corregir una carencia a tiempo suele ser más sencillo y menos costoso que recurrir una sanción después.

Responsabilidad patrimonial de la Administración

Si un servicio público causa daños a una persona, un vehículo o un negocio (por ejemplo, una obra municipal mal señalizada o un bache sin reparar), puede existir responsabilidad patrimonial de la Administración. Este procedimiento busca una indemnización por el perjuicio sufrido y tiene reglas y plazos distintos de los recursos contra sanciones.

Contratación pública: participar sin que le descarten por un formalismo

Un defecto formal en la documentación puede dejar fuera de una licitación a una oferta competitiva. Revisamos pliegos y propuestas antes de presentarlas y, si la exclusión parece irregular, valoramos el recurso especial en materia de contratación. Sus plazos son más breves que los de un recurso administrativo ordinario.

"En administrativo, la Administración tiene todos los plazos a su favor. Nuestro trabajo es que usted no pierda los suyos." — Mariano Marín, socio

Subvenciones y ayudas públicas: pedirlas bien y no tener que devolverlas

Conseguir una subvención es solo el principio: buena parte de los problemas llegan después, cuando la Administración revisa si se cumplieron las condiciones y los plazos de justificación, y puede exigir el reintegro total o parcial de lo concedido si detecta un incumplimiento, a veces formal más que de fondo. Revisamos tanto la solicitud (para maximizar las opciones de concesión y evitar exclusiones por defectos de forma) como la fase de justificación posterior, y si ya ha recibido un requerimiento de reintegro, valoramos si es recurrible antes de que su empresa tenga que devolver una ayuda que sí ejecutó correctamente.

Inspecciones y actas: cómo prepararse antes de que llegue una

Una inspección de trabajo, consumo, sanidad o medio ambiente puede terminar en un acta que, si no se responde bien desde el primer momento, se convierte directamente en sanción. Lo que se dice y se firma durante la inspección, y las alegaciones que se presentan después del acta, condicionan buena parte del resultado final. Revisamos el acta levantada, comprobamos si el procedimiento de inspección se ha ajustado a derecho, y preparamos las alegaciones con el mismo cuidado que un recurso, porque en la práctica es la primera y mejor oportunidad de evitar la sanción antes de que se imponga.

El silencio administrativo también puede jugar a su favor

No todo silencio de la Administración es negativo. En determinados procedimientos (ciertas licencias y autorizaciones, por ejemplo) la falta de respuesta en plazo se entiende como una estimación de lo solicitado, es decir, como si le hubieran dicho que sí. Reconocer cuándo está ante un silencio positivo puede evitar meses de espera innecesaria: si el plazo ha vencido y el procedimiento es de los que juegan a su favor, puede empezar a ejercer el derecho solicitado sin más trámite, y exigir que la Administración se lo reconozca formalmente si lo pone en duda.

Qué hacemos en la primera consulta

  1. Revisamos la notificación y confirmamos el plazo exacto que le queda.
  2. Comprobamos si el procedimiento se ha tramitado correctamente.
  3. Le decimos si el recurso tiene fundamento y qué vía es la más adecuada.
  4. Presentamos el recurso dentro del plazo, con la documentación bien preparada.
Preguntas frecuentes

Sobre su expediente, antes de llamar.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir una sanción administrativa?

Depende de la vía: un mes para el recurso de alzada o de reposición ante la propia Administración, y dos meses para el recurso contencioso-administrativo ante los tribunales una vez agotada la vía administrativa. Son plazos de caducidad, así que conviene actuar en cuanto reciba la notificación.

¿Qué pasa si la Administración no contesta mi solicitud?

Entra en juego el silencio administrativo, que según el procedimiento puede entenderse positivo o negativo. En la mayoría de expedientes sancionadores y de licencias, el silencio es negativo, lo que en la práctica le permite recurrir como si le hubieran denegado expresamente, sin tener que seguir esperando.

¿Puedo recurrir la denegación de una licencia municipal?

Sí. Revisamos la motivación de la denegación (muchas veces genérica o basada en una normativa mal aplicada) y valoramos si el recurso, en vía administrativa o contencioso-administrativa, tiene fundamento antes de presentarlo.

¿Llevan expedientes sancionadores de tráfico o urbanísticos?

Sí, entre otros: sanciones de tráfico, expedientes urbanísticos, sanciones en materia de consumo o de actividad económica. Revisamos el expediente completo, incluida la notificación, para comprobar si el procedimiento se ha tramitado correctamente.

¿También asesoran a empresas de forma preventiva en materia administrativa?

Sí, es buena parte del trabajo: revisamos licencias de actividad, autorizaciones y cumplimiento normativo antes de que un incumplimiento derive en un expediente sancionador.

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